El despido improcedente no es una causa de despido, sino una calificación judicial: un mismo despido —disciplinario u objetivo— puede acabar siendo
declarado improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada o incumple los requisitos formales.
Un despido es improcedente cuando la empresa no justifica legalmente la causa o incumple los requisitos de forma. Con 26 años de experiencia en Sevilla,
analizamos tu caso para conseguir que la empresa te readmita o te abone la máxima indemnización a la que tienes derecho.
Ante un despido injustificado o mal fundamentado, es la empresa —y no el trabajador— la que tiene estas dos opciones:
En las mismas condiciones que tenías antes del despido, abonándote los salarios de tramitación.
Pagando la cantidad establecida por ley: 33 días de salario por año trabajado para contratos posteriores a la reforma laboral de 2012 (45 días para contratos anteriores, con los topes legales aplicables).
Cada tipo de despido tiene características, consecuencias y plazos diferentes que deben analizarse con precisión para proteger tus derechos. En nuestra web encontrarás información detallada sobre otros tipos de despido que podrían afectarte:
Protección frente a vulneración de derechos fundamentales.
Extinción por incumplimientos graves, con posibilidad de impugnación.
Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Los tribunales valoran dos aspectos esenciales:
Si la empresa falla en alguno de estos puntos, el despido puede ser declarado improcedente, y se activa tu derecho a la indemnización o readmisión.
No firmes nada sin asesoramiento. Firma la carta como “no conforme” para preservar tus derechos.
Contrato, nóminas, carta de despido, comunicaciones internas, emails y cualquier documento relevante.
La impugnación requiere experiencia técnica y conocimiento actualizado de la jurisprudencia.
Presenta la papeleta de conciliación ante el CMAC dentro de los 20 días hábiles desde la fecha del despido.
Demanda ante el Juzgado de lo Social si no se alcanza acuerdo en conciliación.
Durante nuestros más de 26 años de ejercicio exclusivo en Derecho Laboral, los despidos improcedentes más comunes que hemos defendido incluyen:
Cada caso requiere un estudio individualizado para maximizar la protección legal del trabajador.
Cuando la empresa no acredita la causa que alegó en la carta, o cuando incumple los requisitos formales exigidos: falta de comunicación escrita, ausencia de hechos concretos y fechas, o —en el despido objetivo— omisión del preaviso o de la puesta a disposición de la indemnización.
Base legal: artículos 55 y 56 del Estatuto de los Trabajadores.
Treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con un tope de veinticuatro mensualidades. Los contratos celebrados antes del 12 de febrero de 2012 se calculan a razón de cuarenta y cinco días por año para el periodo anterior a esa fecha, con sus propios topes, lo que suele arrojar cifras bastante superiores.
Base legal: artículo 56 y disposición transitoria undécima del Estatuto de los Trabajadores.
La elección corresponde a la empresa, no al trabajador, y debe ejercitarla en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia. La excepción son los representantes legales de los trabajadores y los delegados sindicales, que sí eligen ellos.
Base legal: artículo 56.4 del Estatuto de los Trabajadores.
Solo si se opta por la readmisión. Si la empresa opta por indemnizar, no se devengan salarios de tramitación. Es una diferencia económica importante cuando el procedimiento se alarga.
Base legal: artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Sí, y es lo más frecuente: la mayoría de los despidos se resuelven en el acto de conciliación previo. La cuestión no es si conviene negociar, sino si la cifra ofrecida se aproxima a lo que reconocería una sentencia. Para saberlo hay que calcular antes la antigüedad real y el salario regulador.
Puede hacerlo y consignar la indemnización. Eso no impide impugnar el despido si se considera que en realidad era nulo o que el cálculo es incorrecto. La antigüedad computable, el salario regulador y los conceptos incluidos en él son las tres fuentes habituales de error, y casi siempre a la baja.
El despido improcedente es un ámbito complejo del Derecho Laboral. La valoración de pruebas, la determinación de la improcedencia y la negociación de indemnizaciones requieren un conocimiento profundo y actualizado de la normativa y la jurisprudencia.
López Domínguez Abogados Laboralistas lleva más de 26 años ejerciendo en exclusiva en Derecho Laboral en Sevilla. Hemos representado a cientos de trabajadores en despidos improcedentes, combinando defensa jurídica rigurosa con un enfoque cercano y personalizado.
No somos generalistas que “también hacen laboral”. Somos laboralistas, únicamente.